Junta del Horno de La Cuba

S.XIX
– 1865-1955
La Cuba
Archivo Histórico Municipal de La Cuba
DOCUMENTACIÓN ARCHIVÍSTICA
GOBIERNO
Juntas Locales
Contrato de arriendo y lista de socios del horno en 1865

El horno de pan cocer era un elemento de importancia crucial en todos los pueblos. En la comarca nos han quedado en perfectas condiciones el Horno de Cuevas de Cañart, el Horno de Mirambel el Horno de Montoro de Mezquita o el de Miravete. En La Cuba se encuentra un conjunto de documentación de la Junta del Horno de Pan Cocer del pueblo, que se compone de listas de números de vecinos de que se componía la sociedad, cuentas justificadas que los individuos componentes de la Junta del Horno y que cesaban rendían a los de la junta entrante, recibís, contratos de arriendo, documentos para establecer qué días debía llevar la leña cada vecino, pliegos de condiciones para el arrendamiento etc. Los documentos datan de 1865 a 1955.

En 1908 el arrendador del horno se debía de ocupar de tener a disposición siete palas de echar, abastecer el horno de leña  “para cocer el pan en buena calda”, y debía estar abierta la “olla del horno” a las seis de la mañana durante los meses de abril hasta el uno de octubre y el periodo restante a los ocho de la mañana. También había establecidos horarios de tarde. Para “llevar la pala”, quiere decirse para introducir las masas en el horno y retirarlas más tarde no era admitida mujer alguna y el palero no podía faltar ningún día del año.

Era necesaria una petición para poder masar en el horno de pan cocer,  como solicita Miguel Millán en 1910. En 1865 se establecía: “El vecino que no se halle inscrito en la sociedad será admitido pagando igual que los demás socios, y si algunos de los que no son socios quieren masar pagarán dos reales por cada vez que masen”.

Los contratos de arriendo son comunes en establecimientos como el horno o el matadero municipal, como el del Matadero de Cantavieja.

Autor: Ana Galí Hernández