El documento es del 16 de febrero de 1578. Dos notarios y algunos consejeros establecen las medidas a tomar contra el bandolerismo en las baylías. Este tipo de procedimientos fueron muy comunes, sobre todo en el XVIII. Lo excepcional es que se haga extensivo a las tres baylías, lo que supone una forma de combatir el crimen extramunicipal y con conciencia de pertenecer a un mismo territorio sanjuanista. Se establecen los castigos por robo de bienes, secuestro de mujeres, etc…
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